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La ciudadanía europea


Pulso de Europa

La idea de una ciudadanía europea ya estuvo presente en el Tratado de Roma de 1957, pero no se materializa hasta el Tratado de Maastricht en 1992. La ciudadanía europea no supone una nacionalidad común, ni un tipo de ciudadanía como la ciudadanía nacional, pero sí va más allá de la dicotomía nacional-extranjero, ciudadanía transnacional y cosmopolitismo que supera las fronteras nacionales.

La ciudadanía europea aparece en los artículos 9 a 12 del Tratado de la Unión Europea, conocido por el Tratado de Maastricht. Mediante la ciudadanía europea se establecen una serie de derechos individuales que se pueden invocar defender directamente ante los órganos jurisdiccionales nacionales, tanto a nivel horizontal, entre personas, como a nivel vertical, entre las personas y el Estado.

El elemento subjetivo de la ciudadanía europea son las personas que ostenten la nacionalidad de cualquier Estado miembro, añadiéndose a la ciudadanía nacional sin sustituirla.

El derecho de circulación y residencia estaba contemplado como una de las libertades fundamentales de los trabajadores, que luego se ampliaría al resto de ciudadanos, beneficiando en especial a turistas y estudiantes.

El derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales supone que todo ciudadano de la Unión Europea tiene derecho a elegir y ser elegido en las elecciones municipales del país miembro en el que resida con los mismos derechos que sus nacionales. Por este motivo, tras sentencia del Tribunal Constitucional, se reformó la Constitución Española, añadiendo el adjetivo "pasivo" al de "activo" al artículo 13.2. Además existe el derecho al sufragio activo y pasivo al Parlamento Europeo, a ser elector y elegible en las elecciones al Parlamento Europeo, en el Estado miembro en el que resida cualquier ciudadano europeo.

Mediante el derecho a la protección de las autoridades diplomáticas y consulares de estados miembros distintos del suyo, cualquier ciudadano europeo puede dirigirse a cualquier sede de cualquier estado miembro de la Unión Europa en el exterior de la misma, en demanda de protección. Sí está prevista en tratados internacionales la protección por un tercer estado, que en este caso se consagra en el ámbito de la Unión Europea.

Por el derecho de petición, todo ciudadano europeo tiene derecho a presentar una petición al Parlamento Europeo sobre un asunto propio de los ámbitos de actuación de la Comunidad que le afecte.

Finalmente, todos los ciudadanos europeos, por el hecho de serlo, tienen derecho de reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo, poniendo en su conocimiento los casos de mala administración en la acción de las instituciones, organismos o agencias de la Unión Europea, con exclusión del Tribunal de Justicia Europeo y del Tribunal de Gran Instancia en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales


1. Historia

- Lectura: Cátedra Jean Monnet. La ciudadanía europea. ¿Realidad o utopía? (Ciudadanía europea; un concepto, una historia)




2. Concepto y base jurídica

- Lectura: Parlamento Europeo. Los ciudadanos de la Unión Europea y sus derechos




3. Elemento subjetivo

- Lectura: Miguel J. Agudo Zamora. La ciudadanía de la Unión Europea (parte correspondiente)




4. Derechos de los ciudadanos europeos

- Lectura: Miguel J. Agudo Zamora. La ciudadanía de la Unión Europea (parte correspondiente)




Para saber más y ampliar conocimientos

- Lectura: Wikipedia. Ciudadanía europea


Nacionalidad y Extranjería en España

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